29/5/12

Publicado el Real Decreto Innovaciones tecnologias y de personal para vehiculos de transporte sanitario por carretera

INNOVACIONES TECNOLÓGICAS Y DE PERSONAL PARA LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA

  • Será obligatoria la instalación de dispositivos de localización GPS y de transmisión de datos en ambulancias asistenciales.
  • Las empresas tienen un plazo de dos años para adaptar sus vehículos a los requisitos, plazo que será de cinco en el caso de aquellas que ya son titulares de autorizaciones de transporte sanitario.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. Esta aprobación supone introducir, entre otras, innovaciones tecnológicas y de formación profesional que mejoran considerablemente el transporte sanitario con respecto a las normas anteriores que regulan el sector.

Clases de vehículos de transporte sanitario por carretera

El Real Decreto contempla una nueva clasificación de los vehículos:

  • Ambulancias no asistenciales, no acondicionadas para la asistencia sanitaria en ruta, que pueden ser de clase A1, para el transporte de pacientes en camilla, y A2 o de transporte colectivo, para el traslado de enfermos no considerados urgentes ni aquejados de enfermedades infecto-contagiosas.
  • Ambulancias asistenciales, acondicionadas para la asistencia técnico-sanitaria en ruta, que pueden ser de clase B, para proporcionar soporte vital básico y atención sanitaria inicial, y de clase C, para proporcionar soporte vital avanzado.

Características de los vehículos

Los vehículos de transporte sanitario, además de las normas sobre identificación y señalización, documentación obligatoria, requisitos de equipamiento, homologación y célula sanitaria, deberán adaptarse a las condiciones de la norma UNE-EN 1789:2007 + A1: 2010. Por ello, se deberán incorporar, en caso de ambulancias asistenciales, dispositivos de transmisión de datos y localización GPS con su Centro de Coordinación de Urgencias, y se deberá garantizar la comunicación de localización del vehículo con el Centro del Tráfico correspondiente.

Las empresas tienen dos años desde la entrada en vigor del Real Decreto para cumplir con los requisitos de cada uno de los vehículos. El plazo se alarga hasta cinco para aquellas que ya son titulares de autorizaciones de transporte sanitario.

Dotación de personal

El Real Decreto también contempla los requisitos mínimos con respecto al personal según el tipo de vehículos:
  • Las ambulancias no asistenciales de clases A1 y A2 deberán contar, al menos, con un conductor que esté en posesión del certificado de profesionalidad de transporte sanitario (previsto en el Real Decreto 710/2011) y, cuando el tipo de servicio lo requiera, con otro en funciones de ayudante con la misma cualificación.
  • Las ambulancias asistenciales de clase B deberán contar, al menos, con un conductor en posesión del título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias (previsto en el Real Decreto 1397/2007, o título extranjero homologado o reconocido), y uno en funciones que ostente, como mínimo, la misma titulación.
  • Las ambulancias asistenciales de clase C deberán contar, al menos, con un conductor en posesión del título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias (o título extranjero homologado o reconocido), con un enfermero titulado y, cuando la asistencia lo requiera, con un médico titulado (o título extranjero homologado o reconocido).
Este Real Decreto establece también el proceso de adaptación del personal a los nuevos requisitos de formación y contempla las necesidades de personal en las empresas o entidades correspondientes que, en este caso, determinarán los Ministerios de Fomento y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

ENLACE AL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO 

15/5/12

El porqué de la Asociación de Técnicos en Emergencias Sanitarias de Castilla la Mancha (ATESCAM)



ASOCIATE.......... 



Asociación de Técnicos en Emergencias Sanitarias de Castilla la Mancha.

¿Por qué asociarme a ATESCAM?
  •       Porque somos una asociación sin animo de lucro, independiente de intereses de empresas y sindicatos. 
  •       Porque creemos en la obligación  de la Administracion de reconocer nuestras competencias profesionales 
  •       Porque solamente los Técnicos sabemos los que los Técnicos necesitamos. 
  •       Porque cada vez son más personas y más organismos los que reconocen nuestra labor. 
  •       Porque nuestras actividades y los resultados obtenidos nos avalan. 
  •       Porque lo que buscamos es el bien común de todos los Técnicos, ya sean asalariados o voluntarios, porque “todos” somos profesionales. 
  •       Porque puedes beneficiarte de todas las acciones, jornadas, simulacros, seminarios, formación, actividades, etc. que organice la Asociación  y de los  descuentos que nos ofrecen las empresas asociadas que nos apoyan.
¿Qué es ATESCAM?
Somos la primera asociación sin ánimo de lucro,de y para los Técnicos Castellano Manchegos, que nació por la necesidad de tener el reconocimiento de las competencias profesionales que venimos desempeñando las personas que realizamos el Transporte Sanitario  en Castilla la Mancha.
Trabajamos para mantener informado a nuestro colectivo de todo lo relativo con los procesos de acreditaciones profesionales, la Formación Profesional reglada y los certificados de profesionalidad existentes en nuestra profesión.
Organizamos actividades para mejorar la formación de nuestros soci@s al menor coste posible y con todas las garantías de la mayor calidad
¿Qué NO es ATESCAM?
No somos una academia ni un centro de formación aunque ofrecemos actividades de actualización, perfeccionamiento y formación inicial a nuestro soci@s y asesoramos a empresas y Administración sobre la formación necesaria para los Técnicos en Emergencias, tanto asalariados como voluntarios para el ejercicio de sus competencias.
No somos ninguna empresa, ni somos ningún tipo de sindicato, aunque tenemos buena relación con la mayor parte de las empresas del sector, con la Administración, Protección Civil de los distintos lugares de nuestra región con otras series de Organismos Públicos.        
Fines de la Asociación:
* Promover todas las actuaciones que son propias de la profesión de técnico de transporte sanitario a fin de salvaguardar la salud de la población.
* Promover una formación adecuada de todos sus miembros para atender emergencias.
* Promover una educación sanitaria de la población en general.
* Servir de órgano consultivo de las instituciones públicas y privadas, para mejorar el servicio de emergencias.
* Actuar en la consecución de un colegio profesional de técnicos de transporte sanitario.
* Ocio, tiempo libre e intercambio con otros profesionales de diferentes comunidades y países.

Queda excluido todo ánimo de lucro. Para el cumplimiento de estos fines se organizarán actividades tanto formativas como informativas; cursos formativos y de perfeccionamiento, organización de jornadas, cursillos dirigidos a la población, etc.

Descripción
La primera asociacion profesional de los tecnicos castellano manchegos, informacion , formacion y eventos son nuestros objetivos y el mas importante lograr de esta profesion un reconocimiento profesional.
Información general
Los objetivos principales de esta asociación profesional son:
- Promover todas las actuaciones que son propias de la profesión de Técnico en Transporte Sanitario y posteriormente las relativas al Técnico en Emergencias Sanitarias conforme a la Formación Profesional a fin de salvaguardar la salud de la población.
- Promover la modificación de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LO...
PS). Promover la modificación del Real Decreto 619/1998, de 17 de abril por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
- Fomentar y colaborar en la creación de las Guías de evidencia y demás instrumentos de apoyo, para los procesos de evaluación de la competencia adquirida por experiencia profesional y formación no reglada.
- Promover una formación adecuada a todos sus miembros y a todos los profesionales del sector que así lo soliciten.
- Servir de órgano consultivo de todas las organizaciones públicas y privadas, para lograr una mejora del servicio de emergencias.
- Actuar en la consecución de un Colegio Profesional de Técnicos en Emergencias Sanitarias.
- Fomentar la implantación del CFGM (ciclos formativos de grado medio) de TES en todas las comunidades autónomas.
- Lograr que el título de Técnico en Emergencias Sanitarias no se quede en una Formación meramente profesional y llegar a conseguir una titulación de Grado Superior.
- Fomentar la puesta en marcha de los procesos de evaluación de la competencia en todas las comunidades autónomas.
- Conseguir una profesionalización del TEM para que aprenda a cuidar los vehículos y el material consiguiendo así un beneficio profesional en su trabajo diario, así como una mejor atención a la población en general.
- Ser capaces de obtener un reconocimiento a nuestra labor diaria y nuestro trabajo, por parte de todos los profesionales sanitarios y las instituciones que nos representan, logrando que nuestra profesión sea reconocida por todos.
- Ocio, tiempo libre e intercambio con otros profesionales de diferentes comunidades y países.

 

13/5/12

Equipo de Psicología de Catástrofes de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias

Este artículo pretende, por un lado, mostrar un enfoque global de cómo, desde la Protección Civil, se da respuesta a las distintas demandas psicológicas y sociales de los ciudadanos, de los afectados por emergencias y catástrofes y de los Grupos de Intervención. Por otro lado, mostrar en qué principios fundamentales se basa el modelo de psicología de catástrofes de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (DGPCE) y la trayectoria que ha seguido en los últimos diez años.
Amparada por la Ley 2/1985 de Protección Civil, y el Real Decreto 407/1992 por el que se aprueba la Norma Básica, que recogen como uno de los fines de Protección Civil la protección y atención de la población en situaciones de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe, la DGPCE asume por tanto, como un objetivo más, la respuesta psicosocial, tanto desde el punto de vista de la prevención, como de la planificación, la intervención y la rehabilitación.
Además, la DGPCE, a través de su Centro de Investigación Social en Situaciones de Emergencia (CEISE), y en investigaciones realizadas en la primera década de los 90, observa una demanda de psicólogos tanto por parte de los ciudadanos, como por parte de las autoridades al comprobar la alarma social suscitada por la emergencia, la dificultad en la atención directa a los afectados y la dificultad para la vuelta a la normalidad. Pero es en Biescas (1996) donde, a través de los medios de comunicación, se hace una petición pública de psicólogos y se organiza un dispositivo de atención psicológica en el lugar de los hechos. A raíz de este evento, y como resultado de algunas intervenciones de